El debate en torno al Decreto 590/26, que habilita la búsqueda de hidrocarburos en el Mar Argentino, ha sumado una preocupante arista técnico-legal que excede la discusión sobre el origen de los capitales interesados. Diversos juristas y expertos en materia de regulación energética han puesto la lupa sobre los mecanismos de resolución de conflictos contemplados en la normativa firmada por el Poder Ejecutivo, advirtiendo un sensible retroceso en la autonomía judicial de la Nación.
El especialista en energía Juan José Carbajales alertó que el decreto de convocatoria al concurso público internacional para el área CAN 200 incluye explícitamente la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales internacionales. Esta disposición legal implica que, ante cualquier discrepancia técnica, incumplimiento de contrato, accidentes operativos o eventuales daños ambientales en el ecosistema marino, el Estado argentino renuncia formalmente a la competencia de sus propios tribunales federales y locales, aceptando someterse a los laudos y determinaciones de organismos de arbitraje externos, habitualmente radicados en el hemisferio norte.
De acuerdo con los analistas, esta entrega de soberanía jurídica debilita la capacidad de control y poder de policía que el país posee sobre sus propios recursos estratégicos no renovables. En momentos donde la preservación ambiental y el control de los recursos marítimos exigen una fuerte presencia institucional del Estado, la subordinación a tribunales arbitrales privados extranjeros coloca a la Argentina en una situación de vulnerabilidad jurídica frente a las grandes corporaciones energéticas globales.